DGAC establece regulaciones para el transporte seguro de baterías de litio y power banks en vuelos
La Dirección General de Aviación Civil (DGAC) de Ecuador actualizó sus normas sobre el transporte de baterías de litio y ‘power banks’ en vuelos comerciales con el objetivo de prevenir riesgos de incendios y sobrecalentamientos en cabina. La normativa, vigente desde el 27 de marzo de 2026, establece límites claros para pasajeros y tripulación: las baterías de hasta 100 Wh se pueden transportar sin autorización, mientras que aquellas entre 100 y 160 Wh requieren aprobación previa del operador aéreo. Además, los pasajeros deben llevar estos dispositivos únicamente en equipaje de mano, no recargarlos ni usarlos para cargar otros dispositivos durante el vuelo, y transportar un máximo de dos unidades por persona. Se recomienda proteger cada batería individualmente usando su empaque original o aislando los terminales con cinta o fundas protectoras. Esta actualización forma parte de la estrategia de la DGAC para reforzar los protocolos de seguridad operacional en el transporte aéreo y garantizar la prevención de incidentes relacionados con dispositivos electrónicos portátiles. La autoridad exhorta a los pasajeros a informarse mediante canales oficiales y cumplir con las disposiciones establecidas.
